COMUNICADO DEL CTPPC POR LA EXIGENCIA DEL USO DEL POSNET A LOS PROFESIONALES

El 1o de abril de 2018 entró en vigencia la exigencia del uso del posnet impuesta mediante la Ley No 27253 y el Decreto 858/16, que se pretende efectivizar a través la Resolución 3997E AFIP para todos los profesionales. Así, cada profesional deberá contar con un posnet para cobrar de forma electrónica sus servicios. Res.3997 - E Según datos del Observatorio de Profesionales de la Federación de Entidades Profesionales Universitarias de Córdoba (FEPUC) en base a encuestas en 30 colegios, hay más de 100 mil profesionales. Ese es el universo al que se le exigirá el uso del posnet en la provincia. El criterio que tiene la AFIP es que el uso del equipamiento electrónico, en este caso del posnet, se extienda a todos los contribuyentes porque es una herramienta que ha sido empleada para combatir la evasión con muy buenos resultados. Desde el punto de vista normativo es indiscutible: están todos los profesionales obligados a usarlo. Cabe señalar que la posición de la FEPUC y de otras federaciones es la oposición a la medida argumentando que no se puede comparar la actividad comercial con la prestación de un servicio profesional. La Ley Provincial No 7843 que regula el ejercicio de nuestra profesión de Traductores Públicos es clara al respecto. Así se establece particularmente en los artículos 2 y 4 de dicha ley, donde se evidencia el carácter individual y no masivo de nuestra función, así como también la naturaleza jurídica de nuestro ejercicio profesional. Por último cabe destacar que, a pesar de que es obligatoria su utilización, la inmensa mayoría de los profesionales del país no cuentan con el equipo y presumimos que aquellos que no trabajan con consumidores finales no deberían tener mayores inconvenientes, salvo que el cliente en cuestión les exija este modo de cobro.